“Justicia es la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho”; fue esta la definición dada al esencial elemento axiológico por el jurista Ulpiano y,
que a lo largo de los siglos fue adoptada por la academia, como forma de erigir el monumento a la distribución de las cargas sociales y las sanciones por el incumplimiento de los cánones que regularon la convivencia. Sin embargo, ha sido una conceptualización que generó una gran desigualdad, no sólo en el aspecto sancionatorio, pues dado los procesos lineales de formación y de inoculación de conceptos que propendieron a lo largo de los años al status quo, el estado en el que capas del entramado social dominaron a otras, mediante mecanismos punitivos, también provocó una palpable inequidad en la distribución de las riquezas, entendiendo que a ciertos sectores con dominio económico, político, cultural y hasta religioso, por señal del concepto ulpianista de Justicia, le corresponden mayores ingresos que a quienes socialmente fueron históricamente “ninguneados”, como bien lo afirmó Eduardo Galeano.La Venezuela libertaria, reconocida así a lo largo de la
historia, emitió el primer grito que derribó el concepto opresor de Justicia,
logrando nuestra primera batalla independentista, aunque en el campo filosófico
y político, pues fue nuestro Libertador, Simón Bolívar, quien puso la piedra
angular de un nuevo pensamiento, en donde se desplazó la carga de atención
axiológica desde el ser que otorga (con inequidad por intereses), hacia la
persona humana que la detenta y que la merece por derecho. En efecto, el padre
de la Patria, en 1815, con ocasión de la instalación del Gobierno de la Nueva
Granada, emitió la hermosa y sentida proclama “La Justicia es la reina de las
virtudes republicanas, y con ellas se sostienen la igualdad y la libertad”,
Lo anterior implicó, un giro monumental de la visión del
centro de atención de cualquier controversia, no visto desde el aspecto
meramente normativo sino teniendo presente al ser humano y sus distintas
vicisitudes, dificultades y conflictos, como el eje central de su abordaje
desde las diferentes alternativas para solventar sus problemáticas. Ello,
además, fue seguido por las constituciones democráticas y liberadoras de los
conceptos subterráneos heredados por el Estado liberal burgués surgido de las
falacias de dominación, propias de la Revolución Francesa.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al
fundar su patrimonio moral en la doctrina de Simón Bolívar, nuestro Libertador,
adoptó un modelo de Estado, compuesto y complejo con visión humanista, de
respaldo a los derechos fundamentales de las personas, como mecanismo de
protección al ultraje de los principios y garantías que las amparan. Esta
importante línea de acción, ejemplo en el mundo entero constitucional ha
permitido la sobrevivencia de nuestra Nación ante los constantes ataques y
asedios a los cuales se ha visto sometida en los últimos tiempos.
Así, la forma republicana constitucionalmente adoptada por
Venezuela, ha permitido delinear las atribuciones inherentes a cada uno de los
Poderes que integran el Estado, por lo que el Presidente de la República debe
hacer lo necesario, como en efecto lo viene haciendo, para proteger los activos
patrios y recuperar aquellos que han sido saqueados por factores externos e
internos que han atacado los derechos fundamentales de los venezolanos y las
venezolanas, así como sancionar a los responsables de tales acciones delictivas
que han pretendido socavar la soberanía nacional. De allí, el exhorto que
recientemente realizara a la Asamblea Nacional para que active los mecanismos
necesarios que permitan una investigación exhaustiva sobre las
responsabilidades de quienes han venido ultrajando el patrimonio nacional,
conforme a las atribuciones constitucionales establecidas del Poder Legislativo
Nacional.
Luego, inexorablemente le corresponderá al Sistema de
Justicia, por obra del Ministerio Público y el Poder Judicial, emprender el
camino para el juzgamiento y la sanción de quienes sean declarados culpables de
estos crímenes contra los derechos fundamentales de los venezolanos y las
venezolanas, quienes han sido sistemáticamente atacados por estas abominables
acciones que buscan el apoderamiento de nuestros recursos naturales.
Solo bajo estas premisas, los ciudadanos y las ciudadanas
que hacen vida en la Patria de Bolívar, encontraran un acercamiento hacia la
reina de las virtudes, la Justicia y, se logrará materializar el estado
axiológico, consagrado en el artículo 2 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, esto es, el Estado de Justicia.
MARCO ANTONIO MEDINA SALAS.
Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia.
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