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domingo, 27 de marzo de 2022

Opinión Derecho a la Justicia El derecho: pugna entre lo moderno y lo posmoderno Por Magistrado Marco Medina

En los últimos tiempos se ha vivido un cambio drástico de método de investigación o abordaje a los conflictos: del lineal y simplista, que supone una relación de causalidad de adelante hacia atrás, por un método circular y complejo de interacción, donde el efecto vuelve a la causa, en una relación de constante dialéctica, abriendo el paso a nuevas visiones, dando ingreso al dinamismo, idea central del método funcionalista.

Además, la estrecha relación que existe entre lo político y el problema de las ideas, que traza el esquema de dicha evolución partiendo de mirar el derecho como lo equivalente a lo justo, de un enamoramiento entre Derecho y Justicia, lo racional o como forma o hecho que culmina con el sociologismo jurídico actual, lo que necesariamente lleva a la bifurcación en dos sectores. El primero, concibe el derecho desde el punto de vista de la psicología social; el segundo lo hace desde el punto de vista de la teoría de la ideología, lo que no implica, de manera alguna, la judicialización de la política y, por ende, la politización de la Justicia, aspectos totalmente diferentes.

Ello porque la ubicuidad del Derecho, tratada en artículos anteriores, implica relaciones de poder en el seno de la sociedad, las cuales discurren en términos normativos, pero también en manifestaciones de fuerza, las cuales se expresan en controversias económicas y jurídicas, y en conflictos ideológicos y políticos. Por eso hay que dar cuenta de la tutela especial por parte del derecho y el concurso pacífico de las libertades políticas, en aras de un acercamiento axiológico en la solución de las controversias.

Aunado a lo expuesto, la orientación psicológico-social se interesa no tanto por el orden jurídico como estructura estática, sino por las funciones que dicho orden cumple como forjador de estabilidad política y social. Esto significa que no solo ha de tomar en cuenta el texto constitucional, las leyes, las sentencias emitidas por los tribunales de la República, sino además las circunstancias sociales en las que aparecen y actúan las diversas normas.

Todo lo podemos envolver en el paradigma de la posmodernidad, que con sus transformaciones se ha encargado de cambiar todos los valores tradicionales de la persona y de paso desenmascarar la seguridad de la ciencia, el poder de la razón, la certeza del pensamiento y la primacía del individualismo. En otros términos; la época actual no parece estar caracterizada por el desplome de las ideologías, sino por una tendencia y un dinamismo intelectual investigativo que busca indagar, encontrar y precisar otro tipo de nociones y de comprensiones. Se afirma, entonces, en el pensamiento cultural que hace ya tiempo se ha entrado en una nueva era de incertidumbre y de crisis que ha sido reiteradamente tipificada como la posmodernidad, y debe señalarse, de antemano, que la realidad posmodernista no es una; hay tantas posibilidades como enfoques y visiones de estas puedan existir; luego, la realidad es cambiante. El ser humano posmoderno crea su propia realidad y, de ahí que se hable hoy tanto del constructivismo en todas las áreas del conocimiento, a lo que no puede permanecer neutral o indiferente el derecho, como mecanismo de acercamiento a su gran amor, la Justicia.

Ahora bien, sin duda que la modernidad y sus secuelas ínsitas en la producción intelectual de quienes emiten sentencias, se erige como una de las grandes barreras, aun cuando ha planteado una lucha contra el prejuicio y el conocimiento apriorístico. Esa lucha, ese deseo de emancipación cultural, converge hacia diversas posturas históricas, algunas de ellas centradas sobre la razón de Descartes y otras sobre la praxis, caracterizadas, una y otra, por la comprensión dual de la realidad y de los procesos; con modelos caracterizados por dos: dialéctica, dicotomía y dualismo, pensamiento propio de la premodernidad, pero arraigado con mucha fuerza en la modernidad, cuyas propuestas han caducado.

Del mismo modo, el derecho moderno está caracterizado, en primer lugar, porque es un derecho sin contenidos concretos de valor, cuya validez descansa exclusivamente en la corrección de su proceso de producción: es positivo; en segundo lugar, es un derecho objetivo en su carácter de predeterminación a priori de supuestos que afectan a cualquier sujeto que incurra en ellos; finalmente, es un derecho relativo, de validez espacio-temporal concreta.

Se busca en la actualidad la superación de la metafísica, al centrar la esencia del derecho en la ley y la norma, como emanación humana, por ende racional, y no divina, dado el punto de vista mundano iniciado con el Renacimiento, que culmina en la dominación legal y llega a la postura actual que parte de la pretensión de construir sistemas abiertos, en consonancia con la dinámica social, en una complejidad epistemológica, nada indiferente en su proyección y alcance jurídicos comprometida la política judicial de los Estados, la tutela de la sociedad y la nueva concepción para la resolución de los conflictos que enfrentan la oposición entre la razón teórica o especulativa y la razón práctica, pues llevan a los legisladores a reconocer ciertas posiciones dentro de la controversia social, que modifica la distinción kelseniana del ser y del deber ser.

Marco Antonio Medina Salas.

Magistrado del Tribunal Supremo de Justicia.

 

5 comentarios:

  1. Excelente vison de la posmodernidad y el cambio del paradigma, para tomar 3n cuenta que tanto valores y tendencias deben acercarnos a la justicia postmoderna y la valoración del cambio y estudio de nuevos textos normativos. Así como una visión integral de las mismas.

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  2. Excelente e instructivo texto ojalá todos recurrieramos a la lectura e investigación para mantenernos siempre a la altura de la posmodernidad y nuevos paradigmas

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  3. Magnífico artículo científico, orientado a las nuevas tendencias metodológicas del derecho. Recomendable su lectura a los estudiantes de pre y postgrado de las ciencias jurídicas.

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  4. Sin duda hay una Tendencia a Crear un Nuevo Derecho que es Dinamico por cuanto esta tildado de los colores y matices propios de los lugareños y sus sentires en los diversos movimientos sociologicos de los sectores de los pueblos, esta Construccion que viene buscandose desde el año 2010, y que ahora se hace visible es una hermosa organza entre la norma moral de los pueblos, la ley y sus Realidades, y creo que los metodos de Arbitraje y las trasferencias de poder jurisdiccional a quienes ya mantienen sus liderazgos simples, entre los propios de sus comunidades, siendo incluidos en los sistemas de Control del Estado, generaria una riqueza informativa que haria en este tiempo una abundancia de creaciones juridicas de acuerdo a las realidades de los estados en todos los niveles de la distribucion politico - Territorial y economico de los Poderes del Estado, con un ejemplo muy cercano en Argentina y con fundamento Supra Constitucional y Sub legal que ya existen de muy recientes creaciones legislativas en nuestra Republica. Todo esto en Concordancia con el nuevo orden legal del Mundo que nos obliga a caminar un poco por senderos de nuevas creaciones de Derecho no solo para las sociedades de ahora sino como Visionarios para las Generaciones que cuando tengan nuestra edad deberan vivir nuevas circunstancias pero basadas en codigos eternos de Comportamiento y reacciones que han estado y estaran presentes en el alba de todas las presentes y futuras civilizaciones a traves de la Historia.
    Felicito al Magistrado Dr. MARCO ANTONIO MEDINA SALAS por sus inspiradores Articulos. Creo que el Profesional del Derecho en su intensa bondad Dios le ha dado el don de la palabra, de la escritura, el analisis, la sintesis, la sinderisis, la poesia para crear y hacer grandes aportes al Conocimiento y a la Humanidad.
    Desde el Estado Barinas.
    Atte.
    Dra Maria Salome Zambrano Ortega. Inspectora de Tribunales.
    Con la mayor Consideracion y Respeto me reitero de ustedes.

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  5. Aunque no soy abogada, sino periodista, me parece muy interesante el aporte que hace a la visión el científico social, en cuanto al abordaje metodológico, relacionado con la infkuencia posmodernista.
    Rosseguna Camacho
    Periodista
    Magister en Gwrencia

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