En sentencia del 6 de agosto, el Tribunal Superior Agrario de esta jurisdicción, declaró medida de Protección al Ambiente sobre las áreas de Loma de Pío en el Parque Nacional Chorro El Indio, dando 18 meses, a partir de la fecha para que los ciudadanos terceros, habitantes del sector, tomen la medida de alejamiento respectiva.
Se explica en la sentencia, que la medida es para todas aquellas personas que se haya dedicado a construir viviendas o a cultivar hortalizas o especies no autóctonas del bosque secundario que dio origen a su protección, así como contra quienes explotan madera en el lugar o construcción y disfrute de balnearios artesanales.
Se ordenó el desmantelamiento de todas las viviendas, ranchos y bienhechurías, construidas o en construcción igual, la paralización de toda actividad cultural de todo tipo de cultivo que se encuentren dentro del área protegida.
Tienen los habitantes del sector según el tribunal, 18 meses para su desalojamiento voluntario en su defecto, se procederá a la ejecución forzosa de acuerdo a lo contemplado en la Ley, reza el comunicado oficial del Juez Agrario.
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